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La reinstalación del delito fiscal en Costa Rica operó
en el año 1995 a través de la Ley de Justicia Tributaria.
En esta materia existen dos ámbitos represivos: El de las
infracciones administrativas (que se sancionan con sanciones pecuniarias
y cierre de negocios) y el de los delitos tributarios (pena de prisión).
En ambos casos se hace necesaria una adecuada defensa en la cual
confluyan las especialidades en Derecho Tributario y Derecho Penal
así como los conocimientos de la Ciencia Contable. De ahí
la razón de ser de la multidisciplinariedad que ostenta el
equipo de trabajo de la firma. El procedimiento sancionador y el
proceso penal tienen una normativa especial dentro del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios que obligan a actuar con
más agilidad y con apego a los principios que inspiran el
debido proceso constitucional. En estos casos la firma ofrece su
asesoría en la preparación y seguimiento de la defensa
penal en los ámbitos administrativo y jurisdiccional hasta
llegar a los recursos de casación que sea necesario interponer,
bien en sede contencioso administrativa (tratándose de infracciones
administrativa), bien en sede penal (tratándose de delitos
fiscales)
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